Prefacio
Decreto Real N° 567
Sucesión al trono
Parte 1:
Todo Príncipe heredero al trono debe desposar a una dama ya sea de linaje noble o plebeyo antes de cumplir los 21 años o sino la corona será pasada al siguiente en la línea al trono
Parte 2:
Toda Princesa heredera al trono debe desposar a un caballero ya sea de linaje noble o plebeyo antes de cumplir 18 años o sino la corona será pasada al siguiente en la línea al trono
Parte 3:
Dicho caballero o dicha dama deben pasar por un rígido entrenamiento físico y de modales siempre siguiendo el código N° 3 del decreto real N°608
Parte 4:
El Príncipe y la Princesa consorte estan obligados por este decreto real, a traer al mundo a un heredero. No deben estar más de un año casados sin un hijo de por medio, pero igual tienen hasta los 27 años del Principe para traer ese heredero
De lo contrario habrá una investigación y serán retirados de su título, en caso de la mujer ser estéril automáticamente se inicia la demanda de divorcio y si el estéril es el Príncipe, se pasa la corona al siguiente en la línea al trono con las mismas condiciones
Parte 5:
La Princesa y el Príncipe consorte estan obligados por este decreto real, a traer al mundo a un heredero. No deben estar más de un año casados sin un hijo de por medio, pero igual tienen hasta los 23 años de la Princesa para traer ese heredero
De lo contrario habrá una investigación y serán retirados de su título, en caso del hombre ser estéril automáticamente se inicia la demanda de divorcio y si la estéril es la Princesa se pasa la corona al siguiente en la línea al trono con las mismas condiciones
(Aún faltan varias partes pero no son necesarias en la historia por lo que no las pondre)